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El BOE hace oficial la transformación digital del ecosistema deportivo español a través de ADESP

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El BOE hace oficial la transformación digital del ecosistema deportivo español a través de ADESP

 

*Se adjunta el documento del Boletín Oficial del Estado con todos los detalles

Download BOE, ADESP, Transformación Digital.pdf

 

Real Decreto 1033/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Asociación del Deporte Español para la formación en capacidades digitales, en el marco del componente 19 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 

Con fecha de 12 de febrero de 2021 se aprobó el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Este reglamento recoge los objetivos de dicho mecanismo, su financiación, las modalidades de la financiación de la Unión en el marco del Mecanismo y las normas para la concesión de tal financiación.

 

Por su parte, el Gobierno de España aprobó el 27 de abril de 2021 el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que recoge 110 inversiones y 102 reformas, con un horizonte temporal hasta el año 2026, sustentado en cuatro ejes de transformación: la transición ecológica, la transformación digital, la cohesión social y territorial y la igualdad de género. A su vez, el plan se divide en diez políticas tractoras que recogen treinta componentes.

 

El componente 19, Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills), integrado en la Agenda Digital España 2025, se dirige al conjunto de la población, desde la digitalización de la escuela hasta la universidad, pasando por la recualificación (upskilling y reskilling) en el trabajo, con especial atención al cierre de la brecha de género y al impulso de la formación en las zonas en declive demográfico.

 

El plan persigue garantizar la inclusión digital, no dejando a nadie atrás en el proceso de digitalización y avanzar en el desarrollo de competencias básicas de la ciudadanía, para que todas las personas puedan, entre otras acciones, comunicarse, comprar, realizar transacciones o relacionarse con las administraciones utilizando las tecnologías digitales con autonomía y suficiencia. En concreto, el plan incluye actuaciones en materia de cualificación y recualificación dirigidas a personas empleadas y desempleadas reforzando las actuales políticas activas de empleo (conjunto de servicios y programas de orientación, empleo y formación para el empleo en el ámbito laboral dirigidas a mejorar las posibilidades de acceso al empleo, por cuenta ajena o propia, de las personas desempleadas, al mantenimiento del empleo y a la promoción profesional de las personas ocupadas y al fomento del espíritu empresarial y de la economía social).

 

Según datos del INE, en 2019, un total de 6,1 millones de personas empleadas en España no tenía competencias digitales básicas. El riesgo de pérdida de empleo por ese hecho es más alto en España que en otros países comunitarios.

 

En el ejercicio de sus competencias, el Ministerio de Cultura y Deporte participa en la inversión C19.I3 Competencias digitales para el empleo, dentro de la actuación específica consistente en actuaciones en materia de cualificación y recualificación dirigidas a personas empleadas y desempleadas reforzando las actuales políticas activas de empleo (conjunto de servicios y programas de orientación, empleo y formación para el empleo en el ámbito laboral dirigidas a mejorar las posibilidades de acceso al empleo, por cuenta ajena o propia, de las personas desempleadas, al mantenimiento del empleo y a la promoción profesional de las personas ocupadas y al fomento del espíritu empresarial y de la economía social).

 

Este componente 19 contribuye en un 100 % a la transición digital y, en concreto, la inversión C19.I3 Competencias digitales para el empleo, permite asignar la etiqueta 108 (100 %).
La crisis provocada por la pandemia de COVID-19 obligó a más de 2.000 centros e instalaciones deportivas en España a cesar su actividad y, en muchos casos, a prescindir de, o dejar de contratar, a profesionales del sector. A pesar del revés de 2020, se trata de un sector en constante evolución, en el que nuevos modelos de negocio se han unido a los centros deportivos tradicionales y a las cadenas privadas que, desde hace años, gestionan instalaciones municipales en régimen de concesión administrativa.

 

La mencionada crisis sanitaria y la subsiguiente declaración del estado de alarma en el mes de marzo de 2020 pusieron de manifiesto la importancia de la práctica del deporte, no solo desde la perspectiva del fomento de la salud, la prevención de patologías y la reducción del gasto médico, sino como elemento clave aglutinador de la sociedad, tanto desde su práctica individual y grupal, como desde el disfrute del tiempo de ocio y la promoción de un estilo de vida saludable. Desde el punto de vista empresarial, se trata de un sector de elevada rentabilidad, con gran recorrido en términos de clientes potenciales, facturación y generación de puestos de trabajo.

 

Según la última edición del Informe de actividad física y prevalencia de patologías en la población española, el 73 % de la población española de dieciocho a setenta y cuatro años no hace ninguna actividad física (34 %) o solo ocasionalmente (39 %). La prevalencia de algunas de las enfermedades crónicas más comunes (hipertensión, hipercolesterolemia, diabetes, depresión y ansiedad) se incrementa notablemente en la población inactiva, cuadruplicándose en algunos casos con respecto a la observada en la población que practica actividad física o deporte.

 

El coste de la inactividad física relacionado con el ámbito laboral se calcula en nuestro país en 2.500 millones de euros anuales, en bajas laborales y baja productividad, y de 990 millones de euros solo por la incidencia en enfermedades cardiovasculares, diabetes, cáncer de colon y de mama. Se estima que cada euro invertido en actividad física representa un ahorro de 2,9 euros en gasto público sanitario y farmacéutico, y que el incremento de la actividad física en la población española puede reducir el gasto sanitario y lograr un ahorro anual de 5.000 millones de euros.

 

Con el abandono del uso obligatorio y generalizado de las mascarillas se ha producido un retorno progresivo a la práctica deportiva, así como la recuperación de los niveles pre-pandemia de la actividad pública y privada en torno a este sector.
El informe elaborado en abril de 2021 por Valgo, en colaboración con el Grupo de Investigación Gisdoras de la Universidad de Sevilla recoge que, en ese mes, España contaba con 2.057.000 sedentarios más que antes de la pandemia, cifra que da idea del potencial de captación de nuevos usuarios y de la empleabilidad en el ámbito deportivo.

 

Del total del empleo del sector, un 56 % es empleo joven y un 50 % empleo femenino.
Es en este contexto en el que cobran sentido los esfuerzos de cualificación y recualificación de los profesionales y futuros profesionales del deporte para fomentar e incrementar su capacitación, inserción, movilidad y promoción en un contexto cambiante y de adaptación a la nueva realidad económica, social y laboral, caracterizada por un proceso de digitalización que se ha visto activado de forma exponencial tras la pandemia, y que ha puesto de relieve las carencias de nuestro país en términos de baja capacitación digital de parte de la población, con particular incidencia en aquellos sectores que están viviendo un proceso acelerado de cambio, entre ellos el ámbito del deporte.

 

La beneficiaria de la subvención de este real decreto es la Asociación del Deporte Español (ADESP), asociación de ámbito nacional constituida al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y su normativa de desarrollo, con personalidad jurídica, plena capacidad de obrar y sin ánimo de lucro, para la puesta en marcha de un proyecto destinado a la capacitación digital de deportistas de alto nivel, deportistas de alto rendimiento, deportistas miembros de equipos nacionales, deportistas participantes en programas federativos, técnicos nacionales y autonómicos de las federaciones nacionales y autonómicas, técnicos y trabajadores de las instalaciones deportivas donde se desarrolla la actividad deportiva de los deportistas mencionados, cuya propuesta permitirá formar al menos 6.000 personas hasta septiembre de 2025, y cuya consecución ayudará a la alcanzar el objetivo 292 definido en el anexo de la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.

 

ADESP es la asociación de ámbito nacional que agrupa y representa a las federaciones deportivas españolas olímpicas y no olímpicas, cuya actividad impulsa todo el entorno técnico y deportivo y ejerce una influencia sustancial en la actividad económica e industrial del ecosistema deportivo. Tiene por objeto trabajar por la mejora de la oferta y prestación de servicios relacionados con el deporte en todos sus ámbitos, así como el impulso del ocio activo a través de la práctica de actividad física, siendo además uno de sus fines la promoción y el impulso del deporte como un elemento de la promoción de salud para la ciudadanía.

 

En su condición de organización relevante dentro del ecosistema deportivo español desde su fundación, ADESP es interlocutor habitual con la industria del deporte, organizaciones sindicales y asociaciones empresariales, así como con todos los ámbitos de formación técnica para el desarrollo de las diferentes cualificaciones técnicas y profesionales, con el objetivo de mejorar y adaptar el desarrollo profesional del deporte en el marco de la transición digital.

 

Dada la variedad de sus miembros, ADESP tiene representadas en su seno las distintas sensibilidades territoriales y la gran mayoría de los deportes de nuestro país y, por tanto, al pertenecer a diferentes organismos internacionales, puede detectar cómo se configuran las diferentes tendencias, que necesitarán tanto de desarrollo estratégico como de capas formativas que lo garanticen. Este es el caso de las políticas de sostenibilidad o las líneas de trabajo de la trasformación digital, que constituyen el reto en los próximos años para el crecimiento de la nueva realidad y el papel en la sociedad española del sector deportivo.

 

ADESP es también el interlocutor reconocido por el Consejo Superior de Deportes como representante del sector deportivo y colaborador habitual tanto del desarrollo de programas de formación y cualificación técnica como del marco normativo. Durante los últimos años se han llevado a cabo conjuntamente, programas e iniciativas de impulso a la inclusión de la mujer en todos los ámbitos de la dirección del deporte español. Por otro lado, la integración en ADESP de todas las federaciones de deporte adaptado, ha supuesto un estímulo para la atención de estos deportistas, siendo una de las prioridades de la Asociación.

 

De conformidad con lo anteriormente señalado se sostiene que, en atención a la naturaleza y fines de ADESP, asociación que representa el 97 % de las federaciones españolas del territorio nacional, registradas oficialmente en el CSD, a 2.751.513 deportistas y a todo el universo de sus cuerpos técnicos y administrativos que les proporcionan soporte, se dan las razones de interés público y social exigidas que justifican la concesión directa de la subvención que se aprueba en el presente real decreto.

 

Todo lo anterior justifica que esta inversión responde a un interés público, económico y social, siendo manifiesto su carácter singular, por lo que el procedimiento de concesión de la subvención será el de concesión directa de conformidad con el artículo 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en concordancia con el artículo 67 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, siendo aprobada por real decreto, a propuesta del ministro competente.

 

Por otro lado, los artículos 60.3 y 61 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, establecen normas específicas aplicables a este tipo de subvenciones cuando se financien con fondos europeos. Asimismo, la norma se ajusta a lo establecido en las Órdenes ministeriales HFP/1030/2021 y HFP/1031/2021, ambas de 29 de septiembre, que regulan respectivamente el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el suministro de información sobre el cumplimiento de sus hitos y objetivos.

 

La norma se adecúa a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, particularmente a los de necesidad y eficacia, al estar justificada por razones de interés general, basarse en una identificación clara de los fines perseguidos y resultar el instrumento más adecuado para garantizar la consecución de sus objetivos; al de proporcionalidad, al contener la regulación imprescindible para atender las necesidades que pretende cubrir, una vez constatado que no existen otras medidas menos restrictivas de derechos o que impongan menos obligaciones a sus destinatarios; y al de eficiencia, ya que la iniciativa normativa evita cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.

 

Por último, se adecúa al de transparencia, dado que la norma identifica claramente su objeto y finalidad, tanto en esta parte expositiva como en la memoria del análisis de impacto normativo y en la memoria justificativa del carácter singular de la subvención. La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del presente real decreto permite la publicidad adecuada y suficiente asociada a este principio.
La subvención que se regula en este real decreto no tiene carácter de ayuda de Estado a los efectos de la aplicación de los artículos 107 a 109 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, teniendo en cuenta el tipo y las características de la entidad beneficiaria y el objeto de la subvención.

 

Por último, se considera que la norma proyectada es respetuosa con el reparto constitucional de competencias, al encontrar fundamento en la competencia estatal prevista en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, que establece que el Estado tiene competencia exclusiva sobre las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, además de obedecer al mandato constitucional del artículo 43.3 de la Constitución Española, que incluye como principio rector de la política social y económica el fomento, que corresponde los poderes públicos, de la educación sanitaria, la educación física y el deporte, así como la obligación de facilitar la adecuada utilización del ocio.

 

 

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